Jubilación Anticipada IN-Voluntaria

¿Qué es la “jubilación anticipada involuntaria”?

Es una modalidad de jubilación anticipada a la que pueden acceder las personas que han perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad sin posibilidad de reincorporarse al mercado laboral.

Requisitos principales

1. Edad

Puedes jubilarte hasta 4 años antes de la edad legal.

Por ejemplo: Si tu edad legal es 67 años, podrías jubilarte a los 63. O si tu edad legal es 65 años (por tener 38 años y 6 meses cotizados), podrías hacerlo a los 61.

2. Cotización

  • Debes tener al menos 33 años cotizados a la Seguridad Social.
  • De esos 33 años, al menos 2 años deben estar dentro de los 15 anteriores al momento de jubilarte.

3. Motivo del cese en el trabajo

La jubilación debe derivarse de un cese involuntario en el trabajo por causas como:

  • Despido colectivo o individual por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Extinción del contrato por resolución judicial en un procedimiento concursal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario (en empresas pequeñas).
  • Extinción del contrato por fuerza mayor reconocida por la autoridad laboral.

Reducción en la pensión (coeficientes reductores)

Se aplica un porcentaje de reducción por cada trimestre o mes de adelanto, en función de los años cotizados. Esta reducción afecta a la base reguladora de manera permanente. Por ejemplo, con 38 años cotizados, la reducción suele estar entre el 1,625 % y el 2 % por trimestre adelantado.

Años cotizadosAnticipación máximaReducción mensual (%)Reducción total (48 meses)Ejemplo (24 meses antes)
33 a < 38 años y 6 mesesHasta 4 años (48 meses)0,625 % por mes30 %24 × 0,625 % = 15 %
38 años y 6 meses a < 41 años y 6 mesesHasta 4 años (48 meses)0,550 % por mes26,4 %24 × 0,55 % = 13,2 %
41 años y 6 meses a < 44 años y 6 mesesHasta 4 años (48 meses)0,525 % por mes25,2 %24 × 0,525 % = 12,6 %
44 años y 6 meses o másHasta 4 años (48 meses)0,500 % por mes24 %24 × 0,5 % = 12 %

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