Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio de 2025
¿QUÉ CAMBIA?
El Gobierno ha aprobado una ampliación del permiso por nacimiento, adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, pasando de 16 a 19 semanas por persona progenitora.
Si solo hay un progenitor legal (unidad monoparental), el permiso total será de 32 semanas
DISTRIBUCIÓN DEL PERMISO POR PROGENITOR
- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento,
- 11 semanas voluntarias o 22 semanas en caso de familias monoparentales, interrumpidas o acumuladas, hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales o 4 semanas para familias monoparentales, de cuidado parental, que pueden disfrutarse por semanas hasta los 8 años del menor.
ENTRADA EN VIGOR
- 17 semanas para nacimientos a partir del 31/07/25
- 28 semanas para monoparentalidad para nacimientos a
- partir del 31/07/25
- 2 semanas o 4 semanas en el caso de monoparentalidad, para nacimientos a partir del 2/08/24. Se pueden solicitar a partir del 1/01/26
¿QUÉ HACER SI YA HAS SIDO MADRE O PADRE
DESDE EL 2 DE AGOSTO 2024?
- Si el nacimiento o adopción fue a partir del 2 de agosto de 2024, podrás solicitar las 2 semanas o 4 en el caso de monoparentalidad, a partir del 1 de enero de 2026.
- En estos casos no es necesario el reconocimiento de un nuevo derecho.
ACLARACIÓN SOBRE EL PERMISO PARENTAL NO RETRIBUIDO
- Este no se ve afectado por la nueva ampliación y es independiente del permiso por nacimiento.
- Se mantiene el permiso parental no retribuido de 8 semanas, que también puede usarse hasta los 8 años del menor.
